AI Act: qué te obliga desde el 2 de agosto de 2026 y qué tienes que hacer

Publicado el 14 de abril de 2026. Actualizado el 2 de agosto de 2026.
Normativa consultada el 1 de agosto de 2026.

¿Tienes que etiquetar contenido generado con IA?

Desde el 2 de agosto de 2026, determinadas imágenes, vídeos, audios y textos generados o manipulados con IA deben incorporar avisos claros y, cuando corresponda, marcado legible por máquina. También debes informar cuando una persona interactúa con un sistema de IA. Consulta la guía que encaja con tu actividad para saber qué etiquetar, dónde mostrar el aviso y qué evidencias conservar.

Hoy, 2 de agosto de 2026, entran en aplicación las obligaciones de transparencia del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. Es la parte de la norma que afecta a más empresas, y probablemente la que menos se ha explicado.

Si en los últimos meses has leído que hoy era la fecha límite para los sistemas de alto riesgo, ese calendario ya no vale. El Reglamento (UE) 2026/1744, conocido como Ómnibus digital sobre IA, se publicó en el Diario Oficial el 24 de julio de 2026 y está en vigor desde el 27. Aplaza las obligaciones de alto riesgo a diciembre de 2027 y a agosto de 2028. No aplaza la transparencia.

O sea: lo que muchas empresas estaban preparando con prisa tiene ahora dieciséis meses más. Y lo que casi nadie estaba preparando empieza hoy.

Este artículo va de lo segundo. Qué te obliga desde hoy, qué no te obliga por mucho que lo hayas leído, y qué puedes dejar resuelto esta semana.

Qué empieza a aplicarse hoy y qué se ha aplazado

FechaQué pasaEstado
1 de agosto de 2024Entra en vigor el reglamentoHecho
2 de febrero de 2025Prácticas prohibidas y obligación de alfabetización en IAEn vigor
2 de agosto de 2025Obligaciones de los modelos de uso general y reglas de gobernanzaEn vigor
2 de agosto de 2026Obligaciones de transparencia del artículo 50Aplicable desde hoy
2 de diciembre de 2026Plazo final para que los sistemas generativos ya comercializados incorporen el marcado legible por máquinaTransitorio
2 de diciembre de 2026Dos prohibiciones nuevas: material íntimo no consentido y material de abuso sexual de menores generados con IAPendiente
2 de diciembre de 2027Obligaciones de los sistemas de alto riesgo del anexo III: empleo, educación, crédito, servicios esencialesAplazado
2 de agosto de 2028Obligaciones de los sistemas de alto riesgo integrados en productos regulados: sanitarios, maquinaria, vehículosAplazado

Los dos matices que casi nadie está contando

Primero: el aplazamiento no es una tregua general. El Ómnibus mueve el capítulo III, secciones 1 a 3. Todo lo demás sigue exactamente donde estaba. La transparencia del artículo 50 aplica hoy, y las prácticas prohibidas y la alfabetización llevan obligando desde febrero de 2025.

Segundo: en España la ley propia todavía no está aprobada, y eso no te exime de nada. El Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes el 12 de junio de 2026 y sigue en tramitación. Designa a la AESIA como autoridad central y concreta el régimen sancionador. Pero el reglamento europeo es de aplicación directa: obliga con ley española o sin ella. La norma nacional dice quién te sanciona y cómo, no si tienes que cumplir.

Paso 1. Averigua qué papel juega tu empresa

El reglamento reparte obligaciones distintas según el papel que juegues, y ese reparto es lo que decide qué te toca a ti. Antes de mirar ninguna obligación, sitúate.

Proveedor

Quien desarrolla el sistema de IA o lo pone en el mercado con su nombre o su marca. También quien hace cambios sustanciales en un sistema existente.

Si compras una solución y la modificas de forma significativa para tu negocio (cambias el modelo, añades datos de entrenamiento propios, alteras la finalidad), puedes pasar de responsable del despliegue a proveedor. Y hay un caso menos evidente que también te convierte en proveedor: poner tu marca encima de un sistema de un tercero y presentarlo como propio. Es lo que pasa con muchos asistentes de web personalizados.

Responsable del despliegue

Aquí está la mayoría de las pymes. Integras, configuras y operas en tu organización un sistema desarrollado por otro. Usas una herramienta de terceros para el chat, el motor de recomendaciones de tu plataforma de ecommerce, un modelo generativo para contenido.

Tus obligaciones principales:

  • Clasificar correctamente el riesgo de cada sistema de IA en tu empresa.
  • Completar una evaluación de impacto en protección de datos si el sistema trata datos personales.
  • Designar a una persona con competencia, autoridad y criterio para la supervisión humana.
  • Habilitar y mantener los registros del sistema.
  • No operar con los umbrales por defecto del proveedor sin validarlos en tu contexto.
  • Cumplir las obligaciones de divulgación del artículo 50 que te correspondan, que es lo que vemos en el paso 2.

Error común. Operar con el paquete mínimo que entrega el proveedor: umbrales por defecto sin validar, registros insuficientes, y dar por hecho que la evaluación de impacto no hace falta. El cumplimiento no se proclama, se demuestra con procesos verificables.

Importador y distribuidor

Si introduces en el mercado europeo sistemas de proveedores de fuera de la UE, eres importador. Si los revendes sin modificarlos, distribuidor. Ambos tenéis obligaciones de verificación: que el proveedor haya completado la evaluación de conformidad, que la documentación esté en el idioma del país de destino y que el sistema llegue con marcado y condiciones de uso seguro.

Paso 2. Quédate solo con la obligación que te toca

El error más caro es tratar la transparencia como una sola obligación. Son cuatro, y cada una recae sobre un actor distinto. Casi todo el trabajo inútil que se está haciendo estas semanas viene de confundirlas.

ObligaciónSobre quién recaeQué significa para ti
Que la persona sepa que interactúa con un sistema de IA, salvo que sea evidente por el contextoQuien fabrica el sistemaTú eliges y configuras la herramienta, y de ti depende el mensaje de bienvenida
Marcar las salidas en un formato legible por máquinaQuien fabrica la herramienta generativaNo es tu obligación crearlo. Sí conviene no destruirlo: exportar o recomprimir puede borrar los metadatos de origen
Informar cuando se usan sistemas de reconocimiento de emociones o de categorización biométricaQuien lo despliega, es decir, túAnálisis de tono o de expresión facial. Inferir emociones de empleados o alumnos está directamente prohibido desde febrero de 2025
Divulgar las ultrafalsificaciones y el texto de interés público publicado sin revisiónQuien lo despliega, es decir, túEs la que te afecta de lleno

La información debe darse de forma clara y distinguible, a más tardar en el momento de la primera exposición, y debe ser accesible.

Qué es exactamente una ultrafalsificación

El reglamento la define como contenido de imagen, audio o vídeo generado o manipulado con IA que se asemeja a personas, objetos, lugares, entidades o hechos existentes y que parecería auténtico a quien lo ve.

Conviene leerlo dos veces, porque casi todo el mundo lo lee mal: no habla solo de personas famosas. Habla de objetos, lugares y hechos. Una recreación de tu producto, de tu local o de una situación real entra por esa puerta. Un dragón, un paisaje imposible o una ilustración claramente estilizada, no.

Tres excepciones que te ahorran la mitad del trabajo

  1. Edición estándar. Corregir color, quitar ruido, subir resolución, recortar o eliminar un fondo sin alterar el significado no dispara ninguna obligación.
  2. Revisión humana, y solo para texto. Si el texto pasa por revisión o control editorial y una persona o empresa asume la responsabilidad de la publicación, no hay que avisar. Aquí cae el flujo de trabajo normal de casi cualquier empresa.
  3. Contenido anterior al 2 de agosto de 2026. No hay que reetiquetar lo ya publicado. En texto, lo que cuenta es la fecha de publicación: si se generó en julio y se publica en agosto, cuenta como agosto.

Paso 3. Pasa cada uso de IA por tres preguntas

No hace falta un semáforo de colores. Basta con seguir el camino que sigue la propia norma, que además es el que se puede defender ante una reclamación.

Pregunta 1. ¿La pieza representa algo o a alguien que existe, de forma que pueda parecer auténtica?

Pregunta 2. ¿Un aviso resuelve el problema, o el problema es que la pieza afirma algo falso?

Pregunta 3. ¿Hay una persona identificable que ha revisado de verdad y responde de lo publicado?

Cuatro salidas posibles:

SalidaQué significa
Sin avisoUso instrumental de la IA. Se publica con normalidad
Aviso obligatorioLa norma lo exige. No se publica sin él
Aviso recomendableLa norma no lo exige, pero el riesgo comercial o reputacional lo aconseja
RehacerNinguna etiqueta corrige el problema, porque el problema es el engaño o la falta de derechos

La pregunta 2 es la que más dinero ahorra. Etiquetar como «generado con IA» un producto que no es como se ve no legaliza nada: sigue siendo publicidad engañosa. Si la imagen promete un atributo que el producto no tiene, no hay etiqueta que lo arregle.

Paso 4. Escribe el aviso y colócalo donde se ve

La norma pide que la información sea clara, distinguible, accesible y esté disponible antes de que la persona interprete lo que ve. Eso descarta la mayoría de los avisos que circulan hoy.

No cumple: una línea en el pie de página, una mención en la política de privacidad o en las condiciones, un texto que aparece medio segundo en un vídeo, una marca de agua tapada por la interfaz, o un aviso que desaparece al descargar o compartir la pieza.

Sí cumple: un aviso sobre la propia pieza, visible en la primera exposición, colocado donde nada lo tape, incrustado en el contenido siempre que se pueda, en lenguaje llano y con alternativa textual para lectores de pantalla.

Fórmulas por canal, listas para copiar

SituaciónFórmula
Imagen de producto o servicio«Imagen generada con IA. Recreación no fotográfica.»
Espacio, local o instalación«Recreación generada con IA. No corresponde a una fotografía del local.»
Vídeo con portavoz sintéticoRótulo en los primeros segundos y sobreimpresión persistente: «Portavoz virtual generado con IA.»
Audio o voz clonadaAviso hablado al inicio: «Voz generada con IA con autorización de la persona.»
Chat o asistentePrimer mensaje: «Soy el asistente virtual de [marca]. Respondo con inteligencia artificial. Puedes pedir hablar con una persona en cualquier momento. Consulta también cómo crear un asistente que avisa y deriva a una persona
Texto informativo sin revisiónEncabezado, no pie: «Texto generado con IA. Publicado sin revisión editorial.»
Redes socialesEtiqueta nativa de la plataforma y, además, aviso dentro de la creatividad, porque la etiqueta nativa se pierde al recompartir

Los iconos oficiales de la UE

La Comisión Europea ha publicado un juego de iconos gratuitos, de uso libre y sin necesidad de atribución, en SVG y PNG. Hay tres variantes: básico, generado íntegramente con IA, y modificado parcialmente con IA. Son opcionales y funcionan mejor acompañados de texto que solos. Usarlos no acredita cumplimiento por sí solo.

Lo que NO tienes que etiquetar

Esta lista es tan importante como la anterior, porque el exceso de celo también cuesta dinero y erosiona la confianza en el aviso cuando de verdad hace falta.

  • Descripciones de producto, fichas técnicas y bullets redactados con IA. No requieren aviso. Requieren que los datos sean ciertos.
  • Metadatos, títulos, alt text y descripciones generados a escala. Función auxiliar.
  • Traducciones automáticas revisadas.
  • Emails de bienvenida, carrito abandonado o postventa redactados con IA y revisados.
  • Artículos de blog redactados con IA y revisados antes de publicar, con alguien que asume la responsabilidad editorial.
  • Ilustraciones, patrones y fondos abstractos que no se parecen a nada existente.
  • Fotos retocadas con edición estándar: color, ruido, resolución, recorte, eliminación de fondo.
  • Uso interno: informes, propuestas, actas, análisis. No se publican al público, así que no activan el artículo 50. Sí activan protección de datos y confidencialidad.
  • Contenido publicado antes del 2 de agosto de 2026. No hay que volver atrás a etiquetar.

Si has leído por ahí que hay que etiquetar todo lo que toca la IA, no es así. La obligación es sobre las ultrafalsificaciones y sobre el texto de interés público publicado sin revisión.

Si usas IA en selección, crédito o servicios esenciales

Sigues estando en alto riesgo. Lo único que ha cambiado es cuándo te lo van a exigir.

Están en alto riesgo, entre otros, los sistemas de IA usados en:

  • Empleo y gestión de personas: selección, evaluación de rendimiento, decisiones de despido. Si filtras currículums o priorizas candidatos con IA en selección de personal, estás aquí.
  • Educación: admisión, evaluación académica, acreditaciones.
  • Servicios esenciales: acceso a seguros, préstamos, vivienda, sanidad, ayudas públicas, energía.
  • Servicios financieros: evaluación de solvencia, prevención de fraude.
  • Justicia y aplicación de la ley: migración, control de fronteras, procesos judiciales.

Y los sistemas de IA integrados como componente de seguridad en productos regulados: dispositivos médicos, maquinaria industrial, vehículos.

Las obligaciones (gestión de riesgos documentada, gobernanza del dato, expediente técnico, supervisión humana, registros de trazabilidad, evaluación de conformidad, evaluación de impacto en derechos fundamentales y vigilancia posterior a la comercialización) son exigibles desde el 2 de diciembre de 2027 para los del anexo III y desde el 2 de agosto de 2028 para los integrados en productos regulados.

Y una cosa que no se ha aplazado: inferir emociones de empleados o de alumnos está prohibido desde febrero de 2025. No es alto riesgo con requisitos. Es prohibido. No basta con avisar.

Lo que obliga en España, además del reglamento europeo

Atención a la clientela: no puedes dejarlo todo en manos del bot

La Ley 10/2025, de 26 de diciembre, que regula los servicios de atención a la clientela, está en vigor desde el 28 de diciembre de 2025, con plazo de adaptación hasta el 28 de diciembre de 2026. Entre otras cosas, prohíbe que la atención se base exclusivamente en sistemas automáticos: si la persona lo pide, tiene que poder hablar con alguien.

Afecta a las empresas que prestan servicios básicos de interés general y a las grandes empresas. Para los datos personales, revisa también cómo cumplir el RGPD cuando usas IA. Según tu actividad, conviene revisar también DMA, DSA y NIS2. Para el resto no es obligatorio, pero la recomendación es la misma: ofrece siempre salida a persona. Es lo que espera el cliente y es lo que evita la mitad de las reclamaciones.

Alfabetización en IA: ya es obligación, no buena práctica

Desde el 2 de febrero de 2025, las organizaciones tienen que garantizar un nivel suficiente de conocimientos sobre IA entre el personal que la usa. No hay un formato tasado, pero conviene poder acreditarlo: una sesión corta documentada, con lista de asistentes y materiales guardados, vale más que un buen propósito.

Cuánto cuesta no cumplir

InfracciónTope
Usar sistemas prohibidosHasta 35 millones de euros o el 7 % de la facturación global anual
Incumplir las obligaciones de proveedores, responsables del despliegue o las de transparencia del artículo 50Hasta 15 millones de euros o el 3 % de la facturación global
Dar información incorrecta a las autoridadesHasta 7,5 millones de euros o el 1 % de la facturación global

Para pymes el cálculo es distinto y juega a favor: se aplica la cifra más baja entre el importe fijo y el porcentaje, no la más alta.

Un ejemplo. Una pyme que factura 2 millones de euros al año e incumple. El 3 % de 2 millones son 60.000 euros, muy por debajo del tope de 15 millones. Al ser pyme se aplica la cifra menor: 60.000 euros. Sigue siendo un golpe serio para una empresa de ese tamaño.

Y las sanciones no son la única consecuencia. Una investigación abierta daña la reputación, consume recursos legales y puede parar operaciones.

Tu plan para los próximos siete días

PasoQué hacesCuánto cuesta
1. InventarioLista dónde hay IA hoy en cada canal: web, fichas, chat, email, creatividades, automatizaciones y herramientas de terceros. Incluye también la IA que ya usa tu equipo sin que lo sepasMedia jornada
2. ClasificaciónPasa cada uso por las tres preguntas del paso 3 y quédate solo con lo que sale «aviso» o «rehacer»Dos horas
3. Ajustes rápidosMensaje de bienvenida del chat, salida a persona garantizada, avisos en las piezas vivas de más riesgoUn día
4. PlantillasFórmulas de aviso por canal y bloque reutilizable en tu CMS o tu temaMedio día
5. RegistroUna fila por pieza publicada: qué herramienta, qué hizo la IA, qué aviso lleva y quién aprobóDiez minutos por pieza
6. ContratosPide a tus proveedores de IA su documentación técnica y comprueba el contrato de tratamiento de datosDepende de ellos
7. FormaciónSesión corta de alfabetización en IA para el equipo, documentadaUna hora

Preguntas frecuentes

¿Tengo que etiquetar las descripciones de producto escritas con IA? No. La obligación de divulgar texto generado con IA solo alcanza al texto publicado para informar al público sobre asuntos de interés público, y aun así decae si hay revisión humana con responsabilidad editorial. Una descripción de producto no es un asunto de interés público.

¿Y las fotos de producto generadas con IA? Depende de si son fieles al artículo real. Si el producto se ve tal como es, no requiere aviso. Si la imagen lo mejora hasta que parece otro, el problema no se arregla etiquetando: hay que cambiar la imagen.

¿Tengo que poner marcas de agua o metadatos en el contenido que genero? No es tu obligación. El marcado legible por máquina recae sobre quien fabrica la herramienta generativa. Lo que sí conviene es no destruirlo: los optimizadores de imagen y algunas exportaciones borran los metadatos de origen.

¿Hay que reetiquetar todo lo que publiqué antes? No. El contenido publicado antes del 2 de agosto de 2026 no hay que reetiquetarlo. En texto lo que cuenta es la fecha de publicación.

¿Basta con un aviso en el pie de página o en la política de privacidad? No. La norma exige que la información sea clara, distinguible y esté disponible en la primera exposición. Un pie de página no cumple.

¿Se ha retrasado el AI Act? Solo las obligaciones de alto riesgo, que pasan a diciembre de 2027 y agosto de 2028. Las de transparencia se aplican desde el 2 de agosto de 2026 y las prácticas prohibidas desde febrero de 2025.

¿Puedo atender a mis clientes solo con un bot? Si tu empresa entra en el ámbito de la Ley 10/2025, no: la atención no puede basarse exclusivamente en sistemas automáticos y la persona tiene que poder hablar con alguien si lo pide. Para el resto no es obligatorio, pero es recomendable.

Lo que I3OS nos está enseñando sobre cumplir con la IA

En Impulsa3 estamos comprobando que la gobernanza no se redacta al final de un proyecto. I3OS incorpora desde el diseño responsables, fuentes autorizadas, límites de acceso, revisión humana y documentación de las capacidades. Es nuestra manera de preparar una adopción transversal sin perder control cuando el sistema consulta datos, propone trabajo o participa en procesos de cliente. Esto no sustituye el análisis concreto que exige el AI Act para cada caso, pero sí ofrece una experiencia práctica sobre cómo convertir el cumplimiento en una parte del modelo operativo.

Fuentes

Normativa y documentación oficial consultada el 1 de agosto de 2026.

  1. Reglamento (UE) 2024/1689 (Reglamento europeo de IA), artículo 50. https://ai-act-service-desk.ec.europa.eu/en/ai-act/article-50
  2. Reglamento (UE) 2026/1744, de 8 de julio de 2026 (Ómnibus digital sobre IA). DOUE de 24 de julio de 2026, en vigor desde el 27 de julio de 2026. https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2026-81147
  3. Comisión Europea. Código de buenas prácticas sobre transparencia de contenidos generados con IA, de 10 de junio de 2026. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/code-practice-ai-generated-content
  4. Comisión Europea. Directrices sobre las obligaciones de transparencia del artículo 50. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/guidelines-transparency-ai-generated-content
  5. Iconos oficiales de la UE para etiquetar contenido generado con IA. https://digital-strategy.ec.europa.eu/en/policies/eu-icons-labelling-ai-generated-content
  6. Proyecto de Ley Orgánica para el buen uso y la gobernanza de la inteligencia artificial. BOCG, Congreso, Serie A, núm. 97-1, de 12 de junio de 2026. https://www.congreso.es/public_oficiales/L15/CONG/BOCG/A/BOCG-15-A-97-1.PDF
  7. Ley 10/2025, de 26 de diciembre, por la que se regulan los servicios de atención a la clientela. BOE núm. 312, de 27 de diciembre de 2025. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-26698

Cierre

Este artículo no es asesoramiento jurídico. En decisiones con exposición sancionadora, valídalo con tu asesor legal.

Si quieres profundizar en cómo integrar todo esto en un modelo de gobernanza con decisiones, métricas y responsables, lee cómo montar un comité de IA sin morir en el intento.

Si quieres seguir el recorrido completo, consulta también las tres fases de la AI transformation. Y si prefieres que te acompañemos con el inventario, la clasificación y las plantillas de aviso, en Impulsa3 lo hacemos con enfoque práctico y sin jerga innecesaria. Cuéntanos tu caso.